lunes, 26 de marzo de 2007

25 de Marzo - Día del Niño por Nacer

Por Gerardo Iglesias
Embrión humano de dos células Una nueva vida ha comenzado.

Desde el 25 de marzo de 1999, se celebra en la República Argentina el “Día del niño por nacer”, siendo nuestro país el primero en hacerlo. Otros países de América Latina se han sumado a esta iniciativa.

¿Por qué se eligió éste día?

- La fecha fue escogida por ser el día en que los católicos -que constituyen más del 90 por ciento de la población- celebran la Fiesta de la Anunciación, cuando Jesucristo fue concebido en el seno de María.

- Porque el derecho a la vida es el primero de los derechos del hombre.

- Porque la vida es el mayor de los dones que contiene un valor inviolable y una dignidad irrepetible.

- Porque para nuestra Constitución Nacional y para la comunidad científica la vida comienza en el momento de la CONCEPCIÓN.

También en ese día se conmemora el Aniversario de la Encíclica Evangelium Vitae que el Papa Juan Pablo II ha destinado a todas las personas de buena voluntad.

Al considerar la vida como el mayor de los dones, se reconoce su valor inviolable y su dignidad irrepetible. Este derecho a la vida, no es una cuestión de ideologías, de religión o de opinión de tal o cual sector: es un derecho natural, universal e innato que emana de la misma naturaleza humana. Entre todos los derechos, el derecho a la vida es el primero, fuente y origen de todos los demás derechos humanos. En este tiempo donde el creciente poder de la ciencia se vuelve muchas veces contra el hombre y donde una categoría de niños (los niños por nacer) ven avasallados sus derechos más fundamentales, se hace necesario proclamar a viva voz que “la defensa y promoción de la vida no son monopolio de nadie sino deber y responsabilidad de todos”. (Juan Pablo II).

Hoy, ante las múltiples y crecientes amenazas que se ciernen contra la vida humana en su estado “más frágil e indefenso” nos invita a vigorizar y actualizar nuestras respuestas. Respuestas que no pueden dejar de recrear nuevos modos de expresión para transformar los corazones de quienes “no pueden ver” la gloria de Dios viviente en la vida concebida de una nueva persona humana.

Por ello no podemos dejar de tener en cuenta algunos conceptos básicos tales como:

  • Desde el momento de la concepción hay una nueva vida, una nueva persona, única e irrepetible.
  • De la unión del óvulo de una mujer y del espermatozoide de un hombre, el fruto siempre será un ser humano.
  • La célula, cigoto o ser humano, comienza a dividirse, lo cual demuestra que hay un ser humano vivo, un bebé en desarrollo.
  • El programa no es ejecutado por la madre, sino por el hijo que se autoconstruye y es el autor principal.
  • Todo está escrito genéticamente en el nuevo ser, solo necesita tiempo y alimento para crecer.
  • El bebé en su estado de cigoto necesita implantarse en la matriz pues ésta contiene todo el alimento que necesitará para desarrollarse como cualquiera de nosotros

miércoles, 7 de marzo de 2007

Católicas???? Por el derecho a decidir.

Por Gerardo Iglesias

Es algo muy pobre decidir que un niño debe morir para que tu puedas vivir como lo deseas.

Madre Teresa de Calcuta

A veces encontramos grupos de acción política cuyos nombres y finalidades no dejan de sorprendernos, sobretodo por lo contradictorio que resultan sus dichos, con sus hechos. Quiero aprovechar este espacio que me ceden para ocuparme de esta organización y hacer notar la incongruencia del título de este grupo político, y la usurpación de un nombre solamente con claros fines de marketing socio-político. Una cosa es la discusión ética por el tema del aborto, y otra diferente es intentar apropiarse de un nombre con una postura moral clara y definida.

Este grupo surge en Estados Unidos en 1970 (curiosamente país en donde nacen la mayoría de este tipo de organizaciones antivida) allí la Conferencia Nacional de Obispos Católicos de los EEUU, declaró en Noviembre de 1993 que: "….Católicas por el Derecho a Decidir, NO ES UNA ORGANIZACIÓN CATÓLICA, muchas personas pueden ser inducidas a creer que esta organización es auténticamente católica, pero no lo es. No está afiliada ni formalmente ni de ninguna otra manera a la Iglesia….". Los Obispos de EEUU hicieron también mención a la “….implicación de esta organización con movimientos a favor del aborto en Washington, DC y comparte una dirección postal y fuentes de ingresos con la Federación Nacional del Aborto….”.Concluyeron afirmando que Católicas por el Derecho a Decidir contradice deliberadamente las enseñanzas esenciales de la fe católica por lo que no pueden ser reconocidas como una organización católica ni apoyárseles como tal.

En Mayo de 2000, la Conferencia Nacional de Obispos Católicos de EEUU se expide diciendo: “Católicas por el Derecho a Decidir es el brazo de los grupos de presión abortistas de EEUU y del mundo. Es un grupo de presión dedicado a respaldar el aborto. Está financiado por poderosas y millonarias fundaciones privadas, para promover el aborto como método de control poblacional”. Terminan los Obispos señalando: "Debido a su oposición a los derechos humanos de algunos de los más indefensos miembros de la raza humana, y porque sus objetivos y actividades deliberadamente contradicen enseñanzas esenciales de la fe católica, Católicas por el Derecho a Decidir no merece ningún reconocimiento o respaldo como organización católica".

En México la Conferencia Episcopal se refirió a este grupo señalando que su objetivo es difundir entre los católicos la idea de que el aborto no es malo y que las mujeres católicas que lo practican no deben tener ningún conflicto con su fe. Los Obispos Mexicanos finalizan afirmando que “ningún grupo que promueva el aborto puede llamarse legítimamente católico”.

Cada quien puede sostener la postura que más le guste, pero no se puede arrogar representación cuando no la tiene. Por eso, ¿es correcto que utilicen el nombre de “Católicas”?. Desde luego que no, el código de derecho canónico cita: “Todos los fieles, puesto que participan en la misión de la Iglesia, tienen derecho a promover y sostener la acción apostólica también con sus propias iniciativas, cada uno según su estado y condición; pero ninguna iniciativa se atribuya el nombre de católica sin contar con el consentimiento de la autoridad eclesiástica competente.” (Canon 216). Este grupo no sólo no goza de dicho consentimiento, sino, como lo he transcripto más arriba, los Obispos de diversas Diócesis se han expedido negativamente hacia él.

También alegan que, respecto al aborto, la Iglesia a través de sus representantes no se ha expedido en forma infalible; sin embargo, Juan Pablo II, por citar a un Papa, declaró: “Desde el momento en que el óvulo es fecundado, se inaugura una nueva vida que no es la del padre ni la de la madre, sino la de un nuevo ser humano que se desarrolla por sí mismo. Jamás llegará a ser humano si no lo ha sido desde entonces (…) Con la fecundación inicia la aventura de una vida humana (...) El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción”. También, en su carta encíclica Evangelium Vitae, JPII rememoraba a la “Carta Encíclica a todos los Obispos de la Iglesia sobre la intangibilidad de la vida humana inocente” diciendo: “Así como hace un siglo la clase obrera estaba oprimida en sus derechos fundamentales, y la Iglesia tomó su defensa con gran valentía, proclamando los derechos sacrosantos de la persona del trabajador, así ahora, cuando otra categoría de personas está oprimida en su derecho fundamental a la vida, la Iglesia siente el deber de dar voz, con la misma valentía, a quien no tiene voz. El suyo es el clamor evangélico en defensa de los pobres del mundo y de quienes son amenazados, despreciados y oprimidos en sus derechos humanos”.

El ejercicio de la infalibilidad Papal se conoce por la expresión “ex cathedra”, en donde el Sumo Pontífice es asistido por el Espíritu Santo en la emisión de definiciones que, por ello, son irreformables. Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Papa, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica: los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con respeto. Este obsequio debe ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra. La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo de los Obispos cuando ejerce el supremo magisterio en unión con el sucesor de Pedro. Siguiendo con la Carta Encíclica Evangelium Vitae de JPII “…La teoría de los derechos humanos se fundamenta precisamente en la consideración del hecho que el hombre, a diferencia de los animales y de las cosas, no puede ser sometido al dominio de nadie….” (EV, 19). Más adelante en la misma carta dice “….declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal” (EV, 62)

A un punto tal la Iglesia Católica lo considera un crimen grave que lo castiga con la excomunión automática (latae sententiae), cuando se ha consumado un aborto exitoso, para quienes intervienen en forma directa, y son pasibles de la excomunión quienes lo hacen en forma indirecta aconsejando, prestando apoyo etc. (Canon 1398). La remoción de dicha excomunión, sólo será posible a través de determinados sacerdotes de acuerdo a la jurisdicción, o por cualquier sacerdote en caso de peligro de muerte del fiel (salus animarun, suprema lex).

También el Concilio Vaticano II, un importante movimiento modernizador de la Fe Católica, condenó al aborto: “se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes nefandos” (Const. Gaudium et Spes, 51)

Hay muchos otros documentos que rescatan el valor de la vida humana, desde la concepción hasta la muerte natural, algunos de ellos: la Carta Encíclica Casti connubii del Papa Pío XI (31 de diciembre de 1930); las Encíclicas Mater et magistra (15 de mayo de 1961) y Pacem in terris (del 11 de abril de l963) ambas del Papa Juan XXIII; la Carta Encíclica Humanae vitae del Papa Paulo VI (el 25 de julio de 1968); la Constitución Pastoral Gaudium et spes del Concilio Vaticano II (7 de diciembre de 1965); la Exhortación Apostólica Familiaris consortio del Papa Juan Pablo II (22 de noviembre de 1981); la Instrucción conocida como Donum vitae (22 de febrero de 1987); la Carta Encíclica Evangelium vitae (25 de marzo de 1995); la Carta del Papa Juan Pablo II a las Mujeres(juniode1995). . También puede decirse que los Papas tampoco han declarado ex cathedra dogmas sobre la peribalontología (el cuidado del medio ambiente), el respeto a las diferentes opiniones, la condena a la mentira pública, seguramente porque no lo han considerado necesario; lo que no quiere decir que en algún momento pueda llegar a emitirse un dogma a favor del aborto.

Juzgo conveniente señalar también que la Iglesia no pretende bajo ningún punto de vista disponer del cuerpo de la mujer, lo único que hace es intentar erigirse en una voz que defienda a otras mujeres, o varones que están en el seno materno. Pretende acompañar a la mamá que está cursando un embarazo no esperado proponiendo otras opciones, pero siempre respetando el libre albedrío individual. ¿Acaso alguien conoce a una madre que se haya arrepentido de haber tenido a un hijo? Si, en cambio son muy conocidos los padecimientos de aquellas madres que se vieron empujadas a cometer un aborto.

Podríamos seguir durante horas citando ejemplos de la posición oficial de la Iglesia Católica al respecto, habrá quienes opten, en ejercicio de su libre albedrío, por no aceptarla, ignorarla, combatirla o lo que sea. Lo que no puede hacerse, sin caer en una falacia, es negarla.